¿Me puede demandar un cobrador? Cómo es una demanda en realidad

Sí. Un acreedor o un comprador de deuda que sea dueño de su cuenta puede demandarlo para cobrar.

Que lo hagan es una decisión económica de su lado. El tamaño del saldo, las reglas de su estado, si usted parece cobrable, y qué tan sólidos son sus papeles, todo cuenta.

Esto es lo que el proceso realmente implica, y dónde tiene usted ventaja.


La secuencia

1. Notificación de la citación y la demanda. Usted recibe papeles de la corte, normalmente en mano o por correo según su estado. La demanda dice quién lo está demandando, el monto reclamado, y por qué.

2. Su fecha límite para responder. Normalmente de 20 a 30 días, fijada por ley estatal. Viene impresa en los papeles.

Esta fecha límite es lo más importante de todo este artículo.

3. Si usted no responde, la corte dicta un fallo en rebeldía. El cobrador gana automáticamente sin probar la deuda, ni el monto, ni que la deuda es suya.

4. Si usted sí responde, el caso avanza. Ahora el cobrador tiene que probar su caso de verdad, que es donde muchas demandas de cobro se debilitan bastante.

5. El fallo. Si ganan, un fallo habilita métodos de cobro que antes no tenían, incluido el embargo de salario en la mayoría de los estados, embargos de cuentas bancarias, y gravámenes sobre propiedad según las exenciones de su estado.


Por qué responder importa más que cualquier otra cosa

Una parte grande de las demandas de cobro terminan en fallo en rebeldía. El demandado nunca se presenta, así que el cobrador nunca tiene que probar nada.

Vale la pena detenerse en eso. Muchos de esos casos tenían defensas reales disponibles.

Las deudas se venden una y otra vez, muchas veces en hojas de cálculo a granel con documentación mínima. Un comprador de deuda que lo demanda puede no tener a la mano el acuerdo original firmado, ni un desglose completo de cómo se calculó el saldo, ni una cadena limpia de propiedad desde el acreedor original.

Nada de eso se pone a prueba si nadie los obliga a producirlo.

Responder no requiere abogado. Presentar una respuesta escrita antes de la fecha límite, aunque sea sencilla, mueve el caso de derrota automática a caso disputado. La mayoría de las cortes publican formularios de respuesta, y las organizaciones de asistencia legal ayudan a llenarlos sin costo.


Defensas que aparecen

La prescripción. Si la deuda es demasiado vieja para demandar, esta es una defensa completa. Hay que invocarla, porque las cortes no la aplican por usted. Vea la prescripción de deudas.

No pueden probar que son dueños. Un comprador de deuda tiene que mostrar una cadena de cesión desde el acreedor original. Los huecos son comunes.

El monto está mal. Los saldos acumulan cargos e intereses a través de varios dueños. Exija un desglose completo.

Identidad equivocada. Los nombres comunes y el robo de identidad producen demandas contra la persona equivocada.

Notificación indebida. Si a usted nunca lo notificaron correctamente, a veces se puede anular un fallo en rebeldía. Actúe rápido.


Si ya lo notificaron

Lea los papeles y encuentre la fecha límite. Todo depende de ella.

No lo ignore. El costo de presentarse es un formulario. El costo de ignorarlo es un fallo y un posible embargo de salario.

Consiga ayuda. La asistencia legal maneja defensa de cobranza sin costo en la mayoría de las zonas. Muchos abogados de consumidor trabajan por contingencia, porque las violaciones de los cobradores pueden generar reclamos donde ellos pagan los honorarios.

Considere llegar a un acuerdo, con cuidado. Los cobradores muchas veces llegan a un acuerdo en vez de litigar. Consiga cualquier acuerdo por escrito antes de pagar, y confirme que resuelve el saldo completo y no una parte.

Sepa qué está protegido. La ley federal y las exenciones estatales protegen algunos ingresos y bienes del embargo. El Seguro Social, la discapacidad, y los beneficios para veteranos traen protecciones. Las exenciones varían bastante por estado.


Si ya existe un fallo

Todavía tiene jugadas. Puede pedirle a la corte que anule un fallo en rebeldía, sobre todo por notificación indebida, aunque los plazos son cortos. Puede negociar un plan de pago. Puede reclamar exenciones contra el embargo.

Hable con asistencia legal o con un abogado de consumidor en vez de suponer que el asunto está cerrado.


La versión corta

Un cobrador sí lo puede demandar. La demanda normalmente se gana en rebeldía y no por la evidencia.

Responda antes de la fecha límite. Esa sola acción los obliga a probar un caso que muchos de ellos no pueden probar.


Fuentes

  • Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas, 15 U.S.C. § 1692
  • Guía de la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor sobre cómo responder a demandas de cobro de deudas
  • Las fechas límite para responder, las reglas de embargo, y las exenciones las fija la ley estatal y varían