Cómo cobran las compañías de alivio de deudas
Entender por dónde corre el dinero le dice más de una compañía que su publicidad.
La regla federal
La Regla de Ventas por Telemercadeo de la Comisión Federal de Comercio prohíbe las comisiones por adelantado en servicios de alivio de deudas vendidos por teléfono. Entró en vigor en octubre de 2010.
Una compañía no puede pedir ni recibir ninguna comisión hasta que hayan pasado las dos cosas:
- Ha renegociado, liquidado, reducido o modificado de otra forma al menos una de sus deudas bajo un acuerdo que usted firmó
- Usted ha hecho al menos un pago hacia ese acuerdo
Nada de cuota de inscripción. Nada de cuota de apertura. Nada de cuota mensual antes de que exista una liquidación. Cualquiera de esas, cobrada antes de que se liquide la primera deuda, rompe la ley federal.
La excepción que conviene conocer. La regla cubre el alivio de deudas vendido por telemercadeo, lo que incluye llamadas que usted hace respondiendo a publicidad. Las ventas puramente presenciales quedan fuera. Algunos operadores dirigen a la gente a firmas en persona justo para escapar de la prohibición. Tome ese empujón como una señal de alerta.
Estructuras de comisión comunes
Porcentaje de la deuda inscrita. La más común. Normalmente entre 15% y 25% del saldo total que usted mete al programa, cobrado a medida que las deudas se liquidan. Note que es un porcentaje de lo que usted debía, no de lo que ahorró.
Porcentaje del ahorro. Se cobra sobre la diferencia entre el saldo original y la liquidación. Suena más amable y puede costar más o menos según qué tan bien salgan las liquidaciones.
Bajo la regla, si una compañía cobra un porcentaje del ahorro, tiene que divulgar tanto el porcentaje como la cifra estimada en dólares que representa.
Comisiones por liquidación. Se cobran conforme se resuelve cada deuda individual.
La cuenta dedicada
La mayoría de los programas hacen que usted deposite dinero en una cuenta que usted controla mientras se negocian las liquidaciones. Los fondos se acumulan ahí hasta que hay suficiente para hacer una oferta.
La cuenta es suya. Puede retirarse del programa en cualquier momento sin penalidad, y sus fondos deben devolverse dentro de siete días hábiles de su solicitud. Cualquier compañía que trate sus depósitos como propios es un problema.
Las cuotas de mantenimiento que cobra el banco que administra la cuenta son distintas de las comisiones de la compañía y sí están permitidas.
Lo que tienen que divulgarle antes de inscribirse
- El costo total del servicio, en dólares o en porcentaje con la cifra estimada
- Cuánto tiempo pasará antes de que hagan ofertas a sus acreedores
- Cuánto debe ahorrar antes de que se haga una oferta
- Que no pagar a sus acreedores daña su crédito
- Que no pagar puede llevar a cobros y demandas
- Cualquier restricción, limitación o condición importante
Pídalo todo por escrito. Una compañía legítima lo entrega sin fricción.
Compañías de mercadeo contra proveedores del servicio
Muchas compañías que anuncian alivio de deudas no lo realizan. Generan contactos y lo entregan a un proveedor con licencia que hace la negociación.
Este arreglo es legal y común. Debe divulgarse, no descubrirse. Pregunte directamente: ¿ustedes son la compañía que va a negociar con mis acreedores, o me están refiriendo a alguien más?
Este sitio funciona así. Debt Help U no negocia deudas. Referimos a las personas que califican y lo piden a un socio, y nos pagan una comisión cuando alguien se inscribe. Esa comisión viene del socio, nunca de usted, y sus términos son los mismos de cualquier forma. Nuestra divulgación completa lo explica.
Lo mencionamos aquí porque la pregunta de este artículo también aplica a nosotros, y responderla sobre nosotros mismos es la única forma honesta de escribirlo.
Preguntas que hacer antes de firmar
- ¿Exactamente cuándo cobran su primera comisión?
- ¿La comisión es un porcentaje de mi deuda inscrita o de mi ahorro, y cuál es la cifra estimada en dólares?
- ¿Quién negocia con mis acreedores, ustedes o alguien más?
- ¿Qué pasa con mis cuentas y mi crédito durante el programa?
- ¿Qué pasa si un acreedor se niega a liquidar o me demanda?
- ¿Puedo retirarme, y qué tan rápido recupero mi dinero?
Respuestas por escrito. Una compañía que se resiste a ponerlas por escrito ya le dijo lo que necesita saber.
Fuentes
- Comisión Federal de Comercio, Regla de Ventas por Telemercadeo, 16 CFR Parte 310, prohibición de cobro adelantado en § 310.4(a)(5)
- FTC, “Debt Relief Services and the Telemarketing Sales Rule: A Guide for Business”